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Novedades en la Renta 2021

Hoy, miércoles 6 de abril, empieza la Campaña de la Declaración de la Renta 2021 y, como casi todos los años, se presentan algunas novedades que deben tenerse en antes de realizarla.

Por ello, desde OBN&, ponemos a su disposición este artículo en el que resumimos las principales novedades que marcarán esta campaña.

Nuevos tramos de IRPF

Han aumentado los tramos de la base imponible general o, dicho de otra forma, del conjunto de rentas que se han obtenido por rendimientos, y de la base imponible de ahorro, que incluye las ganancias y pérdidas procedentes de la venta de patrimonio.

Estos nuevos tramos afectarán a los ciudadanos con ingresos más elevados. Por ello, se ha añadido un sexto tramo para las rentas superiores a 300.000€.

  • Primer tramo, hasta 12.450€: 19%
  • Segundo tramo, desde 12.450€ hasta 20.200€: 24%
  • Tercer tramo, desde 20.200€ hasta 35.200€: 30%
  • Cuarto tramo, desde 35.200€ hasta 60.000€: 37%
  • Quinto tramo, desde 60.000€ hasta 300.000€: 45%
  • Sexto tramo, a partir de 300.000€: 47%

Por otro lado, para la base imponible del ahorro, se ha añadido un cuarto tramo que afectará a las ganancias superiores a 200.000€.

  • Primer tramo, hasta 6.000€: 19%
  • Segundo tramo, desde 6.000€ hasta 50.000€: 21%
  • Tercer tramo, desde 50.000€ hasta 200.000€: 23%
  • Cuarto tramo, a partir de 200.000€: 26%

Novedades en la deducción por planes de pensiones

Si dispone de un plan de pensiones al que ha ido haciendo aportaciones durante el último año fiscal, podrá aplicar una reducción en su renta. La nueva normativa establece que las desgravaciones de los planes de pensiones personales se reducen a un máximo de 2.000€. Por otro lado, los planes de empresas se incrementan hasta un máximo de 8.000€. En caso de contar con ambos planes, estos no podrán superar los 10.000€.

Además, para el plan de pensiones del cónyuge el límite de este año ha disminuido a 1.000€, siempre y cuando su pareja no tenga ninguna ganancia, o bien, que sea inferior a 8.000€.

Nueva casilla para criptomonedas

La Agencia Tributaria ha añadido una nueva casilla dentro del apartado “Ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales”. Destinada a la declaración de criptomonedas, para declarar las pérdidas o ganancias derivadas de la transmisión de estas monedas virtuales.

Esta casilla 1626, será exclusiva para estas personas que hayan invertido en este activo digital durante el 2021.

Nuevas deducciones por eficiencia energética

Otra novedad temporal que se presenta en esta Declaración de Renta de 2021, son las deducciones que Hacienda permite por la mejora de la eficiencia energética. Esta medida afectará a las declaraciones de 2021 y 2022, ya que los plazos establecidos para las obras deben ser, desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022:

  • Para un 15% de deducción por mejoras de consumo de calefacción y refrigeración, será necesario demostrar que ha habido una mejora del 7% en el certificado energético.
  • Para un 40% de deducción por mejoras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable, será necesario demostrar que ha habido una reducción del 30% de consumo de este tipo de energía.
  • Para un 60% de deducción en las obras de rehabilitación energética en edificios de uso residencial, será necesario demostrar que el consumo de energía primaria no renovable ha disminuido en un 30%.

Cambios para trabajadores extranjeros

Este punto está relacionado con la Ley Beckham, que hace alusión a trabajadores desplazados a España, que trabajan para una empresa española o extranjera y tienen su domicilio fiscal en España. O bien, para españoles que residían fuera de España, por un contrato de trabajo y vuelven a casa.

Este punto únicamente será aplicable para las personas que en los últimos 10 años no había sido residente fiscal en el país.

Hasta hoy, estos trabajadores tenían que pagar para los primeros 600.000€ que ganasen, un 24% de IRPF y un 45% por ganancias superiores de 600.000€. Ahora, el IRPF a pagar, para ganancias superiores de 600.000€, será del 47%, es decir, un 2% más con respecto a la declaración anterior.

ERTE y Hacienda

Por último, le recordamos, que, como en el ejercicio anterior, las personas que hayan estado en situación de ERTE, podrían estar obligadas a presentar la renta al considerarse el SEPE como un segundo pagador a efectos fiscales. En caso de que sea su situación, póngase en contacto con nosotros para asesorarle sobre esta cuestión.

 

Si desea recibir más información o tiene alguna duda acerca de las novedades de la Campaña de la Renta 2021, contacte con nosotros.