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Pactos de Socios: los grandes olvidados

Tras nuestra participación en la pasada edición del 4YFN hablando sobre los Pactos de Socios, os traemos un pequeño resumen sobre qué son y por qué es cada vez más importante, en la práctica del Derecho de Sociedades, realizar un pacto de socios.

La inscripción de una Sociedad en el Registro Mercantil implica seguir determinadas normas, sin embargo, en muchas ocasiones, ni la escritura ni los Estatutos son suficientes para regular todas las situaciones en las que una sociedad puede encontrarse.

Es por ello, que existen los pactos de socios, que se podrían definir como: contratos celebrados entre todos o algunos de los socios, o entre éstos y terceros, sobre materias relativas a la organización y funcionamiento de la sociedad o relacionadas con ésta.

Tienen naturaleza contractual por lo que, como cualquier otro contrato, pueden rescindirse por el incumplimiento de una de las partes o se puede exigir a los socios incumplidores una indemnización por daños y perjuicios, regulada en el Código Civil. Sin embargo, en la mayoría de casos, los propios pactos prevén indemnizaciones concretas para este tipo de situaciones.

Los Pactos de Socios solo aplican a las personas que lo firman, estableciendo una serie de obligaciones entre ellas. Por ello, y al no inscribirse en el Registro Mercantil, no tienen eficacia contra terceros no firmantes. Si la sociedad no firma el pacto como una de las partes, se considera que éste permanece reservado entre los socios y que no es oponible a la propia sociedad, es decir, que lo convenido en el pacto no puede afectarle directamente.

Dicho esto, seguramente muchos os preguntaréis, ¿por qué necesita mi empresa un pacto de socios?

Regular los intereses existentes entre los socios de una sociedad es mucho más complejo de lo que parece dado que, no siempre, existe una normativa que prevea los conflictos que se pueden dar en el seno de una sociedad. Y, aunque, nadie se plantearía llevar a cabo un proyecto con alguien con quien piensa que puede tener algún conflicto,  siempre pueden surgir desacuerdos entre las partes que pueden hacer tambalear el equilibrio de la sociedad. Por eso, conviene dejar bien claros los términos y tener un instrumento para poder resolver eficazmente cualquier problema que pueda surgir.

Por otro lado, a diferencia de los Estatutos, los pactos de socios no se registran, lo que  permite una mayor libertad a la hora de regular los intereses y necesidades de los socios, eso sí, siempre limitados al cumplimiento de las leyes, la moral, el orden público y los principios configuradores del tipo social elegido para la compañía.

Además, es una herramienta clave para convencer a los inversores y facilitar la financiación, dado que, si un inversor observa que la organización tiene mecanismos para evitar problemas y solucionar conflictos, además de tener bien definidas las funciones claves de cada socio, estará más predispuesto a apostar por dicha compañía.

En definitiva, el pacto de socios, sirve para preparar la constitución de una nueva sociedad, para estructurar su organización, regular las relaciones entre los diferentes socios, entre éstos con la empresa y con terceros, establecer las obligaciones y compromisos de cada socio, fijar el modo de adoptar acuerdos, establecer medidas y mecanismos para la resolución de conflictos, y regular la entrada y salida de nuevos socios e inversores.