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El límite máximo para los pagos en efectivo se reduce de 2.500 a 1.000 euros

El pasado miércoles 30 de junio, el Congreso aprobó la Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. Entre las medidas incluidas, se encuentra la limitación de los pagos en efectivo o la prohibición de amnistías fiscales. Así pues, el 11/07/2021 entró en vigor la ley 11/2021 de 9 de julio en la cual, entre otras medidas, se modifica el límite máximo para pagos en efectivo en casos en los que una de las partes actúe como empresario o profesional.

Inicialmente se pretendía llevar esta modificación a la población en su conjunto. Sin embargo, se ha terminado por aprobar un «pero»: se limita el importe a 1.000 euros cuando una de las partes intervinientes en la operación sea un empresario o profesional. También se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Tras esta nueva Ley, el apartado primero del artículo decimoctavo de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, quedará redactado como sigue:

“No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.’

Diversas limitaciones

Todos los cambios realizados por el Senado, incluyendo la limitación hasta final de año de la congelación del impuesto de matriculación han sido avalados por la ley. Aunque una de las principales discusiones ha girado alrededor de una de las enmiendas que no ha llegado a votarse: la rebaja del 10% del IVA aplicado sobre las peluquerías a partir del próximo año.

También, se intensifica el control sobre las criptomonedas, de manera que los contribuyentes tendrán que notificar sobre los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, además de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.