Fiscalidad en Criptomonedas: el modelo 720
Tal como hizo con la plataforma Airbnb, la Administración está empezando a revisar la fiscalidad en relación con las criptomonedas. Por lo que, probablemente, las plataformas de intercambio de monedas (exchanges) deban verse obligadas a ceder los datos de transacciones de sus usuarios al Gobierno de España, concretamente a Hacienda.
Ante esta cesión de datos, las carteras con criptomonedas o wallets, deberán prepararse para facilitar si los contribuyentes han obtenido ganancias o pérdidas por la venta de las criptomonedas.
Recientemente, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que ahora iniciará su proceso parlamentario. En virtud del mismo, se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que afecten, directamente, al funcionamiento del mercado interno; la modificación de diversas normativas tributarias y la regulación del juego. El Artículo 11.22 de este proyecto indica, expresamente, la obligación de declarar las criptomonedas en el modelo 720 de “Declaración sobre bienes y derechos ubicados en el exterior”.
Aunque la obligación de declarar las criptomonedas en el Modelo 720 todavía no está aprobada, es probable que, de cara a la campaña de la renta de 2021, sí que se deba presentar este modelo (meramente informativo) si se tienen inversiones por más de 50.000 euros en el extranjero. Por ejemplo, si he adquirido bitcoin por 5.000 euros y su valor actual es de 55.000 euros se deberá informar a Hacienda mediante el modelo 720. En cambio, si hemos se han adquirido bitcoin por 10.000 euros y el valor actual es de 55.000 euros no tendremos que presentar dicho modelo.
Así pues, dado que se trata de una normativa muy reciente, es importante contar con un buen asesoramiento fiscal para evitar posibles problemas tributarios en el futuro.