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¿Qué medidas se aplican en los contratos de alquiler en 2023?

¿Se podrán prorrogar los contratos de alquiler que finalicen en 2023?, ¿existe un límite a la subida de las rentas? El aumento generalizado de los precios preocupa a los arrendatarios de vivienda y, por ello, en 2023 se han establecido una serie de medidas para proteger a las personas que tienen una vivienda arrendada. Tanto si eres arrendatario como si eres propietario, debes conocer las novedades que afectan a los contratos de alquiler en 2023.

Novedades de los contratos de alquiler en 2023

La guerra entre Ucrania y Rusia ha cumplido un año y sus consecuencias económicas y sociales continúan. La inflación generalizada está suponiendo un aumento de precios que podría tener como consecuencia el impago del alquiler por parte de los inquilinos. Para evitar esta situación se han tomado una serie de medidas contempladas en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad que son las siguientes:

Límite de actualización de la renta

En el caso de los contratos de alquiler de vivienda cuya renta deba ser actualizada se aplica el siguiente límite:

  • Si el arrendador es un gran tenedor el incremento que se aplicará se deberá pactar entre arrendador y arrendatario y no podrá ser superior a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad. Si no se alcanza un pacto se aplicará el mismo índice. Se considera gran tenedor a la persona física o jurídica que sea propietaria de diez inmuebles urbanos de uso residencial o de una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial excluyendo garajes y trasteros.
  • Si el arrendador no es un gran tenedor, las partes deberán pactar el incremento en la renta. Si no alcanzan un pacto el incremento no podrá ser superior a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.

Suspensión de los procedimientos de desahucio

Hasta el 30 de junio de 2023 los juicios verbales que se refieran a reclamaciones de renta o cantidades debidas por el inquilino o la expiración del plazo de duración de los contratos de alquiler se podrán suspender de forma extraordinaria por parte del inquilino por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica que le impide encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas que con las que conviva.

Prórroga de la duración de los contratos

En el caso en que el contrato de alquiler de vivienda finalice antes del 30 de junio 2023 podrá prorrogar su duración durante seis meses adicionales si lo solicita el arrendatario. el arrendador deberá aceptar la prórroga salvo que se haya pactado otra cosa en el contrato o haya comunicado, en tiempo y forma, al arrendatario que necesita la vivienda para destinarla a vivienda habitual y permanente para sí o para sus familiares. En este caso, la renta que se aplicará durante la prórroga no podrá ser superior al índice de garantía de competitividad.

Ayudas para el alquiler

Aquellas personas que tengan medios económicos escasos para acceder a una vivienda en alquiler podrán recibir ayudas siempre que se trate de una vivienda habitual y permanente, que la persona se encuentre dentro de los límites de ingresos máximos fijados y que la renta de alquiler no supere el importe máximo de 600 euros al mes o 900 euros al mes para determinados supuestos. El Importe de las ayudas podrá suponer entre un 30% y un 50% de la renta mensual.

En definitiva, los contratos de alquiler de vivienda se encuentran especialmente protegidos para evitar impagos o que las personas en situación económica vulnerable queden desamparadas.