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Modificación deducibilidad gastos financieros en IS

La Ley de Impuesto de sociedades (IS) establece limitaciones en la deducibilidad de intereses, entre las que destaca la limitación de la deducibilidad del gasto financiero neto al 30% del EBITDA. Esa limitación se va a endurecer como consecuencia de la aplicación de la Directiva 2016/1164 de 12 de julio (conocida como Directiva Antielusión o ATAD – Anti Tax Avoidance Directive). En este post te contamos en qué consiste la modificación, cómo te puede afectar y de qué forma te podemos ayudar.  En este post te explicaremos la modificación de la deducibilidad de gastos financieros en IS.

La directiva europea tiene como objetivos evitar la planificación fiscal agresiva, incrementar la transparencia fiscal y generar condiciones equitativas para todas las empresas de la UE.

España ha realizado, durante los últimos años, la transposición de diversos aspectos de la directiva europea excepto lo que se refiere a la cláusula de limitación de la deducibilidad de gastos financieros, que es la modificación que entrará en vigor a partir de 1 de enero de 2024.

¿Qué cambios supone la Directiva 2016/1164 (ATAD)

La Directiva 2016/1164 supone una modificación del artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, relativo a la limitación de la deducibilidad de gastos financieros. Este artículo limita la deducibilidad de los gastos financieros netos, con carácter general, al 30% del beneficio operativo del correspondiente ejercicio. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2024 esta regla cambiará para adaptarse a la nueva normativa. Se excluirán del beneficio operativo los ingreso, gastos y rentas que no se hubieran integrado en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

La modificación afectará a las sociedades que sean contribuyentes del IS puesto que, si reciben ingresos exentos, como dividendos, verán que se reduce el límite de deducibilidad de los gastos financieros. La modificación afectará, además, a entidades de crédito, aseguradoras y diversos fondos de titulización hipotecaria y de titulización de activos, que con la redacción actual del artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, quedaban fuera.

¿De qué modificación de deducibilidad de gastos financieros en IS se trata?

Básicamente se trata de una modificación del concepto de EBITDA (o beneficio operativo en la ley del IS). Supondrá que queden fuera de su cómputo los dividendos, las ganancias y pérdidas patrimoniales que se deriven de la transmisión de acciones o rentas de establecimientos permanentes en el extranjero. La nueva redacción del artículo 16 incluirá un apartado final con la siguiente frase:

“En ningún caso, formarán parte del beneficio operativo los ingresos, gastos o rentas que no se hubieran integrado en la base imponible de este Impuesto.”

En definitiva, si tienes una sociedad mercantil y eres obligado tributario en el Impuesto sobre Sociedades, es fundamental que conozcas todas tus obligaciones tributarias y las cumplas en tiempo y forma. Para ello ponemos a tu disposición a nuestro equipo de expertos fiscalistas que podrán asesorarte sobre tu caso concreto y optimizar tu fiscalidad. Si quieres prepararte para la modificación que entrará en vigor en 2024 contacta con nosotros y realizaremos tu planificación fiscal durante 2023 para que te adaptes a la nueva medida.