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Programa Kit Digital: ¿Cómo te podemos ayudar?

Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa Kit Digital, ha puesto en marcha la Convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas que tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado. A continuación, le hacemos un breve resumen sobre el Programa Kit Digital y las condiciones para solicitar dicha ayuda.

¿En qué puedo invertir estas ayudas bono digital?

Los bonos digitales podrán destinarse a la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello en los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos que comprende las siguientes categorías:

  • Soluciones de ciberseguridad online.
  • Medidas de protección para comunicaciones seguras.
  • Servicios que faciliten la oficina virtual.
  • Sitio web y presencia online.
  • Comercio electrónico.
  • Gestión de redes sociales y marketing online.
  • Software de gestión de clientes (CRM).
  • Software de gestión de procesos (ERP).
  • Soluciones de factura digital.
  • Business Intelligence (BI) y analítica empresarial.

Dichas soluciones deberán ser completamente nuevas y deberán cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenecen. No se considerará mejora funcional ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de soluciones existentes; actualizaciones de versiones de software; upgrades o mejoras de versiones.

Además, el beneficiario estará obligado a cumplir con lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria, donde caben destacar los siguientes puntos:

  • Cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
  • Atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones.
  • Garantizar mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

  • Ser pequeña empresa (entre 10-49 empleados), microempresa o persona en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

Cuantía de las ayudas

El importe máximo de ayuda por beneficiario será:

  • Para pequeñas empresas, de 10 a 49 empleados, podrán obtener una ayuda bono digital de hasta 12.000€.
  • Para microempresas de 3 a 9 empleados, hasta 6.000€.
  • Y autónomos con un máximo de 2 empleados a su cargo, hasta 2.000€.

 ¿Cómo y cuándo se presentan las solicitudes?

Las solicitudes se presentarán únicamente a través del formulario online habilitado en la Sede Electrónica de Red.es y los plazos para la presentación de la solicitud variarán en función de si son:

  • Pequeñas empresas: del 15 de marzo de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2022.
  • Microempresas: junio del año 2022.
  • Autónomos: septiembre de 2022.

 

Si cumple con dichos requisitos y está interesado en solicitar esta ayuda, no dude en contactar con nosotros. Nuestro equipo le asesorará y se encargará de tramitar la convocatoria.