Gestión de Comunidades de Propietarios
Somos expertos en Propiedad Horizontal.
Nos encargamos de la gestión administrativa y económica de la comunidad. Además, ofrecemos servicios de asesoramiento en cuestiones legales y de planificación y ejecución de proyectos.
01.
Asesoramos a los clientes en procedimientos legales defendiendo los intereses de la Comunidad (morosidad, Responsabilidad Civil, etc)
02.
Nos encargamos de la redacción y constitución de los Estatutos de la Comunidad, así como de la legalización de los Libros de Actas
03.
Ejecutamos los acuerdos de las Actas de Juntas y nos encargamos de gestionar los Trámites Municipales
04.
Gestionamos y presentamos todos los impuestos necesarios para la Comunidad
05.
Gestión económica basada en la transparencia, garantizando una correcta contabilidad
06.
Gestionamos y supervisamos el seguimiento de las obras y rehabilitaciones de la Comunidad
Entendemos la gestión de Comunidades de Propietarios como un servicio integral de administración y asesoramiento.
Nuestro servicio se basa en un riguroso control del presupuesto, una eficaz gestión de mantenimiento de la finca y el asesoramiento de un equipo que cuenta con más de 20 años de experiencia en el sector inmobiliario.
Nos encargamos de la gestión integral de tu Comunidad.
Contacta con nosotros
Escríbenos un correo a obnpatrimonial@obn.es
o rellena el formulario.
Nos pondremos en contacto lo antes posible.
¿Cómo solicitar un cambio de Administrador de la Comunidad?
- Los contratos de arrendamiento de servicios (los que se hacen para contratar un Administrador) son válidos durante un año, siempre y cuando no se especifique otra cosa en el contrato (lo que no se suele suceder). Por lo que se deberá tener en cuenta esta fecha para evitar indemnizaciones.
- Hay dos opciones:
1. Esperar a que se haga la junta ordinaria, convocada por el Presidente como todos los años, por lo que tendrá la presencia del Administrador que se quiere echar.
2. Instar a que la junta se realice cuanto antes para echarle, en lo que se denomina junta extraordinaria, para ello se necesita:
• Que lo considere conveniente el presidente
• Que lo pidan la cuarta parte de los propietarios de la comunidad
• Que lo pidan la cuarta parte de los coeficientes de participación
- La forma correcta de proceder es realizar dos votaciones, una para el cese del anterior administrador y otra para la contratación de uno nuevo.
- No es necesario elegir en la misma junta en la que se echa al administrador antiguo, elegir al que va a ser el nuevo administrador, sino que puede ser elegido en otra junta. El problema de eso será que habrá un lapso corto sin administrador que pude ocasionar problemas contables o de otra índole.
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